SAT amplía plazo para devolución automática de ISR hasta el 31 de julio

Personas físicas aún pueden obtener la devolución automática del ISR si presentan su declaración antes del 31 de julio; después, el trámite será manual y más lento
Foto: Agencia Reforma.
Aunque el 30 de abril marcó la fecha tradicional para presentar la Declaración Anual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece a las personas físicas una segunda oportunidad para obtener la devolución automática del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Superado ese límite, quienes deseen recuperar su saldo a favor deberán hacerlo mediante un proceso manual, el cual implica tiempos más largos, revisiones detalladas y posible entrega de documentación adicional. Esto podría traducirse en una mayor carga administrativa y hasta sanciones en caso de inconsistencias fiscales.
¿Qué se necesita para recibir la devolución automática?
•Presentar una declaración completa y sin errores.
•Contar con una identificación digital vigente (contraseña del SAT o e.firma).
•Tener registrada una cuenta bancaria activa a su nombre ante el SAT.
En devoluciones superiores a 10 mil pesos, es indispensable el uso de la e.firma. El depósito del saldo a favor puede demorar hasta 40 días hábiles, excluyendo fines de semana y días festivos.
Realizar la declaración después del 31 de julio no solo elimina el beneficio de la devolución automática, sino que expone al contribuyente a un mayor escrutinio por parte del SAT.
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