Queda Ministro Pardo fuera del caso Aburto
El Ministro Jorge Pardo Rebolledo no participará en la resolución final del caso de Mario Aburto Martínez, asesino de Luis Donaldo Colosio.
La Primera Sala de la Corte declaró hoy legal el impedimento planteado por Pardo para conocer del recurso con el que la Fiscalía General de la República (FGR) busca evitar la inminente liberación de Aburto.
El recurso, que impugna la sentencia de un Tribunal Federal de Toluca que reduce a un máximo de 30 años la condena de prisión de Aburto, había sido turnado originalmente a Pardo, por lo que ahora será enviado a otro de los cuatro integrantes de la Sala.
La Sala también estudia una reclamación de la defensa del acusado, que considera que la Presidencia de la Corte no debió admitir a trámite el recurso de la FGR. Dicha reclamación está a cargo de la Ministra Margarita Ríos Farjat.
En ambos casos, la ausencia de Pardo podría provocar un empate, que tendría que romper algún Ministro o Ministra de la Segunda Sala.
En agosto de 1996, el entonces Juez Pardo dictó sentencia absolutoria en favor de Othón Cortés Vázquez, acusado por el Fiscal Pablo Chapa Bezanilla de ser el segundo tirador contra Colosio en Lomas Taurinas, de ahí que ahora se consideró impedido, pues ya había opinado sobre este caso.
En el mismo fallo, Pardo absolvió a Fernando de la Sota y Alejandro García Hinojosa, ex integrantes del equipo de seguridad de Colosio, quienes enfrentaban cargos por falsedad en declaración, un ilícito que les fincaron por manifestar que Mario Aburto era el autor del segundo disparo.
La FGR impugnó ante la Corte el amparo concedido el pasado 5 de octubre por el Primer Tribunal Colegiado Penal en Toluca, que ordenó aplicar a Aburto la pena por homicidio prevista en 1994 en el Código Penal de Baja California, que era de hasta treinta años, y no la del Código Penal Federal, como habían hechos las instancias previas del juicio.
De ser confirmado este amparo, Aburto saldrá de prisión el 23 de marzo, al cumplirse treinta años del magnicidio, pero dicha liberación se retrasará, a menos que la Corte confirme en las próximas tres semanas la sentencia, lo que es proco probable.
El argumento constitucional de la FGR para que la Corte revise el caso es inusual, pues se basa en la afectación que el asesinato del entonces candidato presidencial del PRI provocó a la democracia en el país.
“En este asunto, el tribunal colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario Aburto, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México, al proceso electoral para la Presidencia de la República, así como al avance en materia de participación ciudadana, que quedaron gravemente lastimados en todo el país”, sostuvo la FGR.
Bajo esta lógica, existieron afectaciones a los artículos 41, 73 y 104 de la Constitución, lo que bastaría para justificar la aplicación del Código Federal a la hora de imponer la pena contra Aburto, originalmente condenado a 45 años.