Emite CRT en el DOF las nuevas reglas para la radio y la TV; en 30 días entra en vigor los derechos de las audiencias

Medios deberán separar noticias, opiniones y publicidad; habrá multas de 1%.
Especialistas advierten sobre la importancia de mantener la figura del defensor de audiencias libre de subordinación gubernamental para garantizar la libertad de expresión. Foto: Saúl López Escorcia/Presidencia

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó las nuevas reglas para la aplicación de los Derechos de las Audiencias en la Radio y la Televisión mexicana y con ello establecer obligaciones para preservar la veracidad y pluralidad de la información, distinguir las noticias de las opiniones e identificar la publicidad frente a los contenidos editoriales.

De acuerdo a lo publicado en el Diario oficial de la Federación (DOF), el nuevo esquema contempla multas de entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables de concesionarios y programadores que incurran en infracciones.

Hace unos días, en el Pleno de la CRT aprobó los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, publicados este 28 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las disposiciones son obligatorias para concesionarios de televisión abierta, radio, televisión y audio restringidos, así como para programadores.

Los lineamientos establecen, sin embargo, un límite expreso a la actuación de la autoridad: no podrán interpretarse para restringir el derecho a la información ni las libertades de expresión, programática y editorial, ni utilizarse como mecanismo de censura previa.

Obligan a separar noticias de opiniones

De acuerdo a lo publicado en el DOF, uno de los cambios de mayor impacto para noticiarios y programas informativos es la obligación de proporcionar elementos que permitan a las audiencias distinguir entre información noticiosa y opinión.

Los nuevos lineamientos reconocen el derecho de las audiencias a recibir información “veraz, plural y oportuna” y establecen mecanismos para evitar que opiniones, publicidad o propaganda sean presentadas como información periodística.

En televisión, cuando conductores, comentaristas o informadores emitan opiniones deberán utilizarse plecas, cortinillas, mensajes en pantalla u otros recursos que permitan identificarlas como tales, mientras que en la radio deberán incorporarse elementos sonoros que cumplan la misma función.

Medios deberán acreditar diligencia sobre veracidad

La CRT incorporó además un “deber de diligencia en la información noticiosa”, que obliga a concesionarios y programadores a adoptar medidas encaminadas a preservar la pluralidad y veracidad de sus contenidos informativos.

Los medios deberán sujetarse a los criterios editoriales establecidos en sus propios códigos de ética, por lo que esos documentos tendrán que contener mecanismos que permitan acreditar que, al momento de difundir una información, existían elementos mínimos para concluir que la noticia era veraz.

Con ello, los códigos de ética adquieren un papel central en el nuevo modelo regulatorio, particularmente para noticiarios y programas informativos.

Prohíben disfrazar publicidad de información periodística

Los lineamientos también establecen que la publicidad o propaganda no podrá presentarse como información periodística o noticiosa.

Patrocinios, mensajes comerciales, contenidos de marca y emplazamientos de producto deberán contar con mecanismos que permitan a las audiencias distinguirlos del contenido editorial.

En televisión, los espacios comercializados podrán identificarse mediante un símbolo “P” y, al finalizar el contenido, deberá informarse cuando el programa haya contado con espacios comercializados o patrocinados, además de identificar las marcas involucradas.

En radio también deberá advertirse cuando los programas incluyan espacios comercializados o patrocinados.

Audiencias tendrán siete días para presentar quejas

La regulación fortalece además el procedimiento para reclamar posibles violaciones a los derechos de las audiencias, por lo que las personas tendrán siete días posteriores a la transmisión del contenido, programa o publicidad para presentar una queja ante el defensor de las audiencias.

“Las quejas deberán identificar el contenido cuestionado, explicar los motivos de la inconformidad y, en su caso, aportar evidencia”, establecen las disposiciones.

El defensor contará con un máximo de 20 días para atender la reclamación.

Si el concesionario se niega a proporcionar la información necesaria para investigar el caso, el defensor o la propia audiencia podrán solicitar la intervención de la CRT. Una negativa posterior podrá derivar en un procedimiento sancionador.

CRT podrá imponer multas de hasta 1% de ingresos

La Comisión tendrá facultades para supervisar el cumplimiento de las obligaciones mediante monitoreos, requerimientos de información y otras actuaciones.

Las infracciones podrán ser sancionadas con multas equivalentes a entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables del concesionario o programador.

El alcance económico de las sanciones coloca a los derechos de las audiencias dentro de las obligaciones regulatorias que pueden tener consecuencias directas para las empresas de radio y televisión.

Nuevas reglas entrarán en vigor en 30 días

Los lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el DOF y sustituirán a los publicados el 5 de febrero de 2025.

A partir de su entrada en vigor, los concesionarios dispondrán de otros 30 días hábiles para inscribir sus códigos de ética y, tratándose de radio y televisión abierta, registrar a sus defensores de las audiencias.

Para concesionarios sociales comunitarios, indígenas y afromexicanos, el plazo será de 180 días hábiles.

Las empresas contarán además con 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor para implementar servicios de accesibilidad, entre ellos subtitulaje oculto y Lengua de Señas Mexicana.

Al menos un noticiario y un contenido infantil de mayor audiencia deberán disponer de esos servicios.

Los lineamientos fueron aprobados por unanimidad por el Pleno de la CRT el 26 de agosto, después de una consulta pública en la que se recibieron 8 mil 889 participaciones.

La nueva regulación coloca así tres obligaciones en el centro de la operación informativa de radio y televisión: contar con criterios para sustentar la veracidad de las noticias, separar claramente opinión de información e identificar la publicidad frente al contenido editorial.

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