Arranca cuenta regresiva para nuevas reglas de radio y TV; alistan multas de hasta 1%

Concesionarios deberán ajustar contenidos y enfrentarán nuevas sanciones.
Foto: FRANK MERIÑO, Pexels.

Este lunes arranca la cuenta regresiva para que concesionarios de radio y televisión se preparen para cumplir las nuevas reglas de protección de las audiencias, que contemplan supervisión de la autoridad y multas de hasta 1 por ciento de sus ingresos acumulables.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó el viernes 28 de agosto los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Las disposiciones serán obligatorias para concesionarios de televisión abierta y radio, televisión y audio de paga, así como programadoras.

Entre las nuevas obligaciones está garantizar información veraz, plural y oportuna; diferenciar noticias de opiniones, y evitar que publicidad o propaganda sea presentada como información periodística.

Los códigos de ética deberán incluir criterios para garantizar que, al difundirse una información, existían “elementos mínimos para concluir que la noticia era veraz”.

Van multas de 0.01 a 1%

La CRT podrá realizar monitoreos y requerimientos para verificar que concesionarios, programadoras y defensores cumplan las nuevas disposiciones.

El artículo 53 establece que las infracciones serán sancionadas con multas equivalentes a entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables de la concesionaria o programadora.

Entre las conductas sancionables que la CRT identifica conforme al artículo 295 de la Ley están no poner a disposición de las audiencias mecanismos de defensa, así como no nombrar defensor de las audiencias o no emitir códigos de ética.

Sin embargo, si se trata de la primera infracción, “la Comisión amonestará al infractor por única ocasión”. Tampoco se aplicará la sanción cuando exista cumplimiento espontáneo antes de un requerimiento, inspección o verificación de la autoridad.

Abren quejas contra contenidos 

Las audiencias podrán presentar quejas cuando consideren vulnerados sus derechos por un contenido, programa o publicidad.

Tendrán siete días posteriores a la transmisión para hacerlo y el defensor deberá atenderlas en un máximo de 20 días.

Si una concesionaria de televisión abierta o radio no atiende una recomendación de la defensoría en los términos establecidos, “se dará inicio al procedimiento sancionatorio correspondiente”.

Tras la entrada en vigor correrán otros plazos: concesionarios deberán registrar sus códigos de ética y, en los casos correspondientes, a sus defensores de audiencias.

Cabe destacar que los lineamientos establecen, no obstante, que las nuevas disposiciones no podrán utilizarse para restringir la libertad de expresión o editorial ni para ejercer “cualquier tipo de censura previa”.

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