Suman multas por puertas abiertas y distractores severas sanciones a operadores del transporte en León

Las multas pueden llegar a costar hasta casi 5,000 pesos.
Foto: Archivo

El reglamento de Policía y Vialidad de León contempla multas por usar el celular, conducir con puertas abiertas, cargar combustible con pasajeros y otras conductas que pueden poner en riesgo la seguridad durante el servicio.

Una llamada, un mensaje o cualquier distracción con el celular mientras se conduce un vehículo de transporte público puede convertirse en una multa de hasta 5 mil 278.95 pesos en León, de acuerdo con el Reglamento de Policía y Vialidad del municipio.

El artículo 111, correspondiente a las prohibiciones en la circulación del transporte público de pasajeros, establece que hacer uso de equipos de comunicación móvil o telefonía durante la conducción, así como de cualquier elemento que impida una conducción adecuada, se sanciona con 30 a 45 UMA. Considerando que actualmente una UMA equivale a 117.31 pesos, la multa va de 3 mil 519.30 a 5 mil 278.95 pesos.

Puertas abiertas y pasajeros en movimiento

El reglamento también establece obligaciones específicas para los operadores. Una de ellas es circular con las puertas cerradas; incumplirla puede representar una sanción de 15 a 23 UMA, equivalente a 1,759.65 y hasta 2,697 pesos.

También se debe permitir el ascenso y descenso de pasajeros únicamente cuando la unidad se encuentre en alto total y en los lugares autorizados. La multa por incumplir esta disposición va de 15 a 30 UMA, es decir, de 1,759.65 a 3,519.30 pesos.

Hay multas por visibilidad y condiciones de la unidad

Los operadores tampoco pueden llevar objetos que obstruyan su visibilidad o los distraigan. Esta conducta puede generar una multa de 8 a 15 UMA, equivalente a 938.48 hasta 1,759.65 pesos.

En el caso de instalar o utilizar televisores o pantallas en la parte delantera de la unidad cuando estas obstruyan la visibilidad del operador, la sanción es de 2 a 8 UMA, es decir, de 234.62 a 938.48 pesos.

Asimismo, llevar vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias puede generar una multa de 3 a 9 UMA, equivalente a 351.93 a 1,055.79 pesos.

Cargar combustible con pasajeros también tiene sanción

Otra de las prohibiciones contempla abastecer combustible con pasajeros a bordo, tanto en el servicio público de transporte de personas como en el servicio especial, o hacerlo fuera de estaciones de servicio o instalaciones autorizadas.

En este caso, la multa va de 15 a 30 UMA, por lo que puede alcanzar los 3 mil 519.30 pesos. El reglamento también sanciona rebasar a otro vehículo utilizando el carril de contraflujo de los ejes viales, salvo las excepciones establecidas. La infracción va de 8 a 15 UMA, equivalente a 938.48 a 1,759.65 pesos.

Licencia y documentos vigentes

Entre las obligaciones de los operadores se encuentra conducir con la licencia correspondiente y la tarjeta o tarjetón de circulación vigentes. De no hacerlo, la multa puede ser de 15 a 38 UMA, lo que representa un monto de 1,759.65 hasta 4,455.78 pesos.

Además, el artículo 110 contempla que los vehículos deben portar sus placas de circulación o permiso provisional, así como respetar las disposiciones sobre los carriles de circulación y las maniobras de ascenso y descenso.

Otra obligación es mantener encendidas las luces interiores cuando oscurezca; no hacerlo puede representar una multa de 8 a 23 UMA, equivalente a 938.48 hasta 2,697.?? pesos.

Estas disposiciones forman parte de las reglas que deben cumplir los operadores del transporte público de pasajeros en León y establecen sanciones económicas para conductas que pueden afectar la seguridad de quienes viajan en las unidades.

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